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1976-004 SP28 RESOLUCION NUMERO 76-4 MIENTRAS, de acuerdo con los provisiones de Titulo 28, Capitulo 2, de las Estatuas Revisadas,Civiles de Tejas, ester proporcionado que tomara a cabo en cada municipio del Estado de Tejas en el primer Sabado de Abril de cada ano una eleccion general para elejir oficiales de dicho municipio; Ahora, POR LO TANTO, SEA RESOLVIDO POR EL AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE SOUTHLAKE, TEJAS, QUE: i 1. El Alcalde de la Ciudad de Southlake, Tejas, en una sesion regular aqui ordena, una eleccion de oficiales de la Ciudad de Southlake en el Sabado, el 3 de Abril, 1976, para la eleccion de concejales, por un termino de dos anos, desde el tres de Abril, 1976, o hasta que sus sucesores son debidamente elegidos y cal- ificados. Candidatos para los oficios de Concejales para el lugar 3, 4, y 5 recibiendo el mas alto numero de votos para tal oficio y tal lugares se elegiran por un termino de dos anos. 2. Al efecto de dicha eleccion, la entera Ciudad de Southlake es por esto constituida un distrito electoral de votos y dicha eleccion tomara acabo en un lugar de votos, es as!: Casa Consistorial, Avenida Carroll 667 del Norte, entre las horas de 7:00 A.M. y 7:00 P.M. en la fecha ya mencionada, y las personas siguientes son por esto designados como oficios de eleccion: Elsie McAlister, Juez Presidiendo Kathryn Tate, Juez Presidiendo Alternado y el Juez Presidiendo a tal eleccion designara no mas que tres archiveros, con el pago para el Juez Presidiendo a $2.00 una hora y una cantidad igual para el Juez Presidiendo Alternado; y el pago para los archiveros fijado a $1.50 por hora. 3. Ninguna persona sera elegible para el oficio de Concejale a menos que el es un elector calificado de la Ciudad de Southlake y ha residido en la Ciudad por seis meses inmediato precediendo la eleccion a to cual el ester elegido. 4. Cualquier persona elegible y calificado tendra su nombre impri- mido en la balota oficial como un candidato independiente para los oficios aqui dentro proveido por poniendo enfila su aplicacion jurado con el Alcalde no mas tarde que a Medianoche, el 3 de Marzo, r 1976. La aplicacion declarara el oficio especifico siendo busacado por el aspirante y que el aspirante es eligible y calificado debajo los Leyes del Estado de Tejas, hacerse un candidato por y tener el oficio buscado, si es elegido. 5. Cualquier otro candidato por uno u otro de los oficios aqui dentro proveido a puede tener su nombre imprimido en la dicha balota a la aplicacion al Alcalde, tal aplicacion sera proporcionado por el Secretario de la Ciudad y el mismo con- tendra las signaturas de cinco porcentaje (5/) de los votantes calificados de la Ciudad de los votos enteros depositados en la Ciudad a la eleccion general pasado. 6. Los nombres de todos los que han puesto en fila sus ap- licaciones jurados tendran sus nombres imprimidos en la balota oficial como candidatos fijados pro el Secretario de la Ciudad en un lugar evidente de su oficina para la inspeccion del pu- blico por to menos diez dias antes de ordenar imprimir las, balotas. Todas objeciones se haran dentro de cinco dias despues de que tal fijando, todas noticias escritas puestos en fila con el Secretario de la Ciudad poniendo adelante las causas de ob- jeciones. En caso de que no tal objecion ester en fila dentro del tiempo prescribido, la regularidad o validez de la aplicacion de ninguna persona cuyo nombre no ester fijado, no sera disputado despues. El Secretario de la Ciudad preservara en su oficina por un periodo de dos anos todas aplicaciones, notificaciones de ob- jeciones y otros asuntos relacionados. 7. Cualquier persona eligible a los oficios aqui dentro proveido a que ha puesto en fila su aplicacion de acuerdo con las pro- visiones de esta resolucion tendra su nombre imprimido en las balotas oficiales. Cualquier persona puede causar que su nombre sea retirado a cualquier tiempo antes de que las balotas oficiales estan impremidos por poniendo en fila en escritura con 61 Secre- tario de la Ciudad una peticion a ese efecto encima de su signa- tura debidamente dado fe de por un Notario Publico. Ninguna nombre asi retirado sera imprimido en las balotas. No mas tarde que diet dias antes de la Eleccion General de la Ciudad, el Secretario de la Ciudad tendra balotas oficiales imprimidos. 8_ Las balotas usadas en dicha eleccion seran preparadas en la manera y forma del Codigo de Eleccion del,Estado de Tejas. 9. Todos los votantes calificados dentro del significado de la Constitucion y Leyes del Estado de Tejas seran dado derecho de votar a tal eleccion. 10. Votando por balota en ausencia en dicha eleccion comengorA en el 15 de Marzo, 1976, en la oficina de el Secretario de la Ciudad, 667 Carroll Avenida del norte; votando por balota en ausencia concluirA a las cinco de la tarde, el 30 de Marzo, 1976. 11. Los oficiales de eleccion nombrados arriba harAn y entre- garan los resultados de dicha elecci6n en triplicado, Ano retenido por el Juez Presidiendo, uno entregado al Alcalde de la Ciudad y una covia con las cajas electoriales y todas las provisiones de eleccion serAn entregados a el Secretario de la Ciudad, la caja electorial conteniendo los frarentos de las signaturas de las balotas usadas en dicha eleccion serAn entregadas al tribunal del Distrito de Tarrant County, Tejas, y otras cajas electoriales y anotacionesy provisiones de la eleccion serAn conservados por 61 Secretario de la Ciudad en la propia oficina como ester pro- veido por ley. El ayuntamiento se reunirA a las siete y media de la tarde el 5 de Abril, 1976, por la intenci6n d&-inspeccion dicha balotas. 12. El Alcalde es por esto ordenado de dar por el noticia de dicha elecci6n que sera' afirmado por el Alcalde y por el Secre- tario de la Ciudad y declararA la intenci6n de la elecci6n, y el Jefe de Policila fi3jara' una copies justamente finalizado dela proclamaci;n de eleccion al sugar de votar aqui dentro proveido y dos copias a dos otros lugares publicas dentro de la Ciudad. Tal noticias tendrAn aficionados al mismo una copia certificada de esta Resoluci;n. 13. Dicha eleccion tendrA lugar y conducido de acuerdo con los leyes del Estado de Tejas para tener las elecciones generales para Jos oficios de estado y "county" excepto por los propor- cionado en Capitulo 2, Titulo 28, de los Estatutos Civiles Re- visados de Tejas. I Aprobando y firmando esta Resoluci;n, Yo, Wade Booker, Alcalde de la Ciudad de Southlake, Tejas, oficialmente confirmo que mi accion--en todos los asuntos recitados en esta Resolucion que por la ley viene dentro de mi jurisdiccion. PASAD04,*Y'.APROBADO este dia de 17 de Febrero, A.D. 1976. Alcalde ATESTIGADO: Secretario de la Ciudad